MENORES DE EDAD PUEDEN TRANSITAR POR CARRETERAS EN COLOMBIA?

23:14:00


Según la normativa en Colombia se les permite a los menores de 18 años transitar por todo el territorio nacional, sin importar el horario en el cual se movilicen teniendo en cuenta que deben hacerlo en vehículos de servicio particular que es la categoría que se les permite (A1, A2, B1). Se habla que en el congreso se quiere tramitar una ley que establezca la obtención de la licencia de conducción después de haber cumplido la mayoría de edad, situación que por supuesto podría disminuir la accidentalidad de algunos jóvenes que por su inexperiencia e inmadurez se comportan de manera irresponsable en las calles, subrayando desde luego que el mal comportamiento de los conductores en las vias dependa solo de los menores de edad.

En el siguiente enlace =https://www.mintransporte.gov.co  encontrara un radicado donde se le da respuesta a tal inquietud de manera clara y concisa.


                               

RESTRICCIÓN PARA MENORES

“Artículo 19. Requisitos. Modificado Artículo 5º Ley 1383 
de 2010, Modificado Artículo 3º Ley 1397 de 2010. Podrá 
obtener una licencia de conducción para vehículos 
automotores, quien acredite el cumplimiento de los siguientes 
requisitos: 
Para vehículos particulares: 
1. Saber leer y escribir. 
2. Tener 16 años cumplidos….” 
De igual manera el Parágrafo 3º del Artículo 6 de la 
Resolución 1500 de 2005 establece: 
“Parágrafo 3º. Las personas que obtengan Licencia de 
Conducción por primera vez para conducir vehículos de 
servicio particular a los 16 años cumplidos, deberán 
cambiarla después de los 18 años sin exigirle los exámenes 
teórico-prácticos y de actitud física y mental previstos en el 
artículo 19 de la Ley 769 de 2002.” 
Así las cosas, quien cumpla la edad de 16 años podrá 
solicitar la licencia de conducción, siempre y cuando ésta sea 
para conducir vehículo de servicio particular, en caso 
contrario, deberá tener la mayoría de edad para solicitar la 
licencia respectiva. 



No es posible aplicar una sanción (en 
este caso la restricción al menor de 
18 años se consideraría sancionable), 
con base en una norma que ya ha 
sido derogada, más aún cuando la 
reglamentación exigida por la LEY 769 EXISTE DESDE EL AÑO 2005.


Ahora bien, respecto a la conducción de menores de 
18 años en carretera, la Oficina Jurídica del Ministerio 
de Transporte mediante comunicación 28525 del 20 
de mayo de 2008, conceptuó que mientras que “se 
profieran los actos administrativos que reglamenten 
aspectos puntuales dispuestos en la ley 769 de 2002, 
se presenta la figura jurídica de la vacancia iuris, es 
decir la normatividad vigente (Decreto 1344 de 1970 y 
disposiciones reglamentarias) se sigue aplicando” 
Así las cosas, procedería remitirse al mencionado 
Decreto, que en el articulo 25 menciona la restricción 
en la conducción de menores de 18 años en carretera 
después de las ocho de la noche. 
No obstante lo anterior es importante aclarar lo 
siguiente: 
1. Dicha restricción se aplicaba mientras se 
reglamentaba lo relacionado con las licencias de 
conducción, según lo ordenaba la ley 769 de 2002 
2. La reglamentación exigida por el estatuto de 
tránsito, se dio a partir de la citada Resolución 1500 de 
2005, por lo que en este caso la vacancia iuris ya no 
aplica. 
En razón a lo anterior, no es posible aplicar una 
sanción (en este caso la restricción al menor de 18 
años se consideraría sancionable), con base en una 
norma que ya ha sido derogada, más aún cuando la 
reglamentación exigida por la ley 769 existe desde el 
año 2005. 

NO EXISTE RESTRICCIÓN VIGENTE 
en cuanto a la conducción de 
vehículos por menores de 18 años en carretera

Por tal razón NO EXISTE RESTRICCIÓN VIGENTE 
en cuanto a la conducción de vehículos por menores 
de 18 años en carretera, pues se repite, el Decreto 
1344 de 1970 se encuentra derogado y a partir de la 
expedición de la Resolución 1500 de 2005, la figura 
verba iuris no se aplica; por tanto desde que se trate 
de vehículos de servicio particular y se porte la 
licencia respectiva, no dará lugar a la imposición de sanciones. 










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45 comentarios

  1. Tengo 19 y sigo con mi pase de menor de edad, y vence hasta el 2022, me sirve? O tengo que renovar?

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    1. Tienes que hacer arte al sin, presentar tu tarjeta de identidad "la antigua" y renovarla a tal punto de que quede con tu número de cédula, ASI NO TE MOLESTARAN, pero si tienes más de 18 y en el pase aparece tu tarjeta de identidad podrían sancionarte ;)

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  2. el mayor de 16 años con pase puede manejas solo?

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  3. Tengo 16 acabe de sacar el pase puedo manejar de noche y en carretera

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  4. Tengo 17 años y quisiera saber si Un menor de 18 años puede conducir solo por carretera y a cualquier hora ???

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  5. tengo 16 años y tengo los papeles al dia los de la moto y los mios
    solo queria saber si podria manejar por carretera ej: de bogota a tocancipa

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  6. Quisiera Saber Si Puedo Conducir Un Vehiculo Particular A Nivel Nacional A Cualquier Hora ?

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    1. Si se puede, a nivel nacional. La pregunta vendria siendo si se puede sin compañia de audlto responsable.

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    2. Hola tengo 17 y me quito el carro el tránsito por la resolución 0629 la cual dice que un menor de edad no puede manejar después de las 23:00, saben si se puede pelear o que?

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    3. Esa resolución es del ministerio de ambiente y desarrollo sostenible o sea sí se puede pelear

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  7. tengo 16 años... y me dicen que en todo momento tengo que conducir con un mayor de edad al lado... ¿eso es verdad? ¿o puedo andar yo solo por la ciudad?

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  8. Esto dice el código con respecto a la licencia de conducir. en ningún aparte se encuentra algo sobre conducir con un adulto. Pero es necesario tener en cuenta que es diferente al código de policía donde podría haber una restricción para menores de edad.
    Artículo 18. Facultad del titular. La licencia de conducción habilitará a su titular para manejar vehículos automotores de acuerdo con las categorías que para cada modalidad establezca el reglamento.

    Parágrafo. El Ministerio de Transporte, reglamentará el Examen Nacional de Aptitud y Conocimientos Específicos de Conducción, que será obligatorio presentar y aprobar por todo aspirante para la expedición de la Licencia de Conducción por primera vez o por refrendación. La vigencia de este examen será de cinco (5) años, pasados los cuales se deberá presentar un nuevo examen.

    Artículo 19. Requisitos. Podrá obtener por primera vez una licencia de conducción para vehículos, quien acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    Para vehículos de servicio diferente del servicio público:

    1. Saber leer y escribir.
    2. Tener 16 años cumplidos.
    3. Aprobar un examen teórico-práctico de conducción para vehículos particulares que realizarán los organismos de tránsito de acuerdo con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte, o presentar un certificado de aptitud en conducción otorgado por un centro de enseñanza automovilística debidamente aprobado por el Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Ministerio de Transporte.
    4. Certificado de aptitud física, y mental para conducir expedido por un médico debidamente registrado ante el Ministerio de Salud antes de que entre en funcionamiento el RUNT o ante el RUNT una vez que éste empiece a operar.

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  9. Hola,me gustaria saber si se siendo menor de edad (16) el cilindraje de moto es limitado o hasta que cilindraje se puede?

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    1. No, en la licencia de moto es de cualquier cilindraje

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    2. Eso depende de que pase tenga, si tiene el A2 es permitido cualquier moto de cualquier cilindraje en cambio el A1 es solo hasta 125 cc yo tengo 17 y tengo el A2 así que si SOS menor de edad y tenés el pase de conduccion A2 no te ponen problema

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  10. Hola tengo 16 años y me gustaría saber si puedo conducir en CARRETERAS nacionles

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  11. si ! cabron si tienes los papeles al dia los policias no te pueden chingar
    y no tienes que manejar con tu jefe en el documento en ningun lado dice que un debe conducir con tu jefe ..

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  12. A los 15 se puede sacar el pase? Con alguna póliza o algo así?

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  13. Puedo manejar por carretera nacional solo o tengo que andar on adulto con licencia tengo 17

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  14. ¿Puedo manejar siendo menor de edad por la noche,en carretera nacional y sin un adulto?

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  15. Puedo manejar en la carretera nacionales a toda hora?

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  16. Una pregunta yo acabé de cumplir 10 años hace mes y medio y tengo que viajar por carretera próximamente y fui a averiguar por la renovación de la licencia y me dijeron que fuera cuando me entreguen la cédula es si.. de esta manera puedo transitar por carretera ya que la contraseña que me entregaron tiene el mismo número de T.I del pase??

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  17. Tengo 15 años puedo manejarmanejar

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  18. Soy menor de edad pero tengo muy en claro la enorme responsabilidad que conlleva un vehículo y sobretodo cuando este es utilizado en carreteras nacionales , aún así también soy consciente de que hay mayores de edad mucho mayores que no suelen ser muy responsables al volante y se comportan como "menores de edad". Por supuesto que la experiencia es muy importante por eso una persona que recién aprenda a conducir no puede hacerlo en una vía nacional por vez primera ,todo es un proceso, por eso considero que no es malo aprender actividades de este tipo en la juventud , por el contrario me parece que es bueno hacerlo pero también creo que con una buena educación y una juventud informada se puede lograr y/o fomentar que los jóvenes también puedan hacerlo porque en realidad el hecho de conducir es algo muy útil en la sociedad de hoy día , diría que casi indispensable un joven lo puede hacer al igual que un adulto mayor siempre y cuando tenga una experiencia considerable y por sobretodo una consciencia de lo que tiene en su posesión cuando está al volante , pues un accidente lo puede cometer hasta el más experimentado

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  19. hola tengo 16 años, puedo manejar en carretera y en la ciudad a cualquier hora? y tiene que ser con un adulto?

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  20. Cuánto vale la renovación del pase de un menor de edad ,cumplido los 18 años ?

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  21. Hola buenas soy de cali puedo conducir motocicleta en carretera nacional tengo 16 años

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  22. tengo 17 años y saque mi pase B1 hace un año, hasta el momento no habido ningun inconveniente, como ejemplo les pongo una situacion:
    Una nnoche a eso de las 10 pm iba conduciendo un vehiculo particular entre Manizales-Cali y unos agentes de transito me detuvieron, me pidieron los papeles del vehiculo y los mios. yo los presente y me dejaron proseguir con mi viaje, no hubo ningun problema.
    psdta: yo iba conduciendo solo.

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  23. Buenas quiero hacer una pregunta, puedo sacar la licencia A2 con 16 años, o solo la A1?
    muchas gracias por su tiempo

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  24. Buenas quiero saber si para sacar el pase tengo que hacer un curso de conduccion??
    Por que la verdad se manejar muy bien y se las señas de las carreteras es que dentro de un mes la saco y quiero saber eso tengo 17 años ya casi por cumplir los 18 y tambien quiero saber si la renovacion tien algun costo aparte de lo que ya alla pagado

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  25. Hola buen dia ,,,,si soy mayor de edad puedo conducir con la licencia q tengo de menor de edad?

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    1. Lleva tu TI para salvarte si te paran, pero la ley dice que una vez cumplida la mayoría de edad tienes que cambiarla. Y no te piden hacer las pruebas teorico-practicas de nuevo.

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  26. Hola, tengo 16 años mi pregunta es:
    ¿puedo manejar de noche y sin un acompañante mayor de edad por carretera nacional

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  27. Se puede manejar vehículo público como taxi

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  28. Quiero viajar de bogota a ibague y tengo 16 años y muy pronto sacare la licencia de conduccion para menor de edad, ¿si se puede conducir por vias nacionales o solo es permitido en vias locales?

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  29. Un menor con licencia para moto puede viajar solo por carretera

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  30. Si mis padres son separados, ¿necesito el permiso de los dos? o sólo es el que tiene la custodia

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    1. Si es menor de edad desde luego necesita el permiso de los padres, pero las autoridades solo le exigirán la licencia de conducir.

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  31. Tengo 17 ya saque la licencia puedo viajar solo fuera de bogota?

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  32. Soy menor de edad, y tengo la licencia B1, mi pregunta es, yo siendo menor puedo conducir en carretera solo? O tengo que ir con un mayor de edad ? (Si no me entienden me explico) yo siendo menor de edad puedo transitar solo de una finca a un pueblo?

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  33. si conduzco un vehículo siendo menor de edad para quien es la sanción páramo o paramis padres

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