MENORES DE EDAD PUEDEN TRANSITAR POR CARRETERAS EN COLOMBIA?
23:14:00En el siguiente enlace =https://www.mintransporte.gov.co encontrara un radicado donde se le da respuesta a tal inquietud de manera clara y concisa.
No es posible aplicar una sanción (en
este caso la restricción al menor de
18 años se consideraría sancionable),
con base en una norma que ya ha
sido derogada, más aún cuando la
reglamentación exigida por la LEY 769 EXISTE DESDE EL AÑO 2005.
Por tal razón NO EXISTE RESTRICCIÓN VIGENTE
en cuanto a la conducción de vehículos por menores
de 18 años en carretera, pues se repite, el Decreto
1344 de 1970 se encuentra derogado y a partir de la
expedición de la Resolución 1500 de 2005, la figura
verba iuris no se aplica; por tanto desde que se trate
de vehículos de servicio particular y se porte la
licencia respectiva, no dará lugar a la imposición de sanciones.
RESTRICCIÓN PARA MENORES
“Artículo 19. Requisitos. Modificado Artículo 5º Ley 1383
de 2010, Modificado Artículo 3º Ley 1397 de 2010. Podrá
obtener una licencia de conducción para vehículos
automotores, quien acredite el cumplimiento de los siguientes
requisitos:
Para vehículos particulares:
1. Saber leer y escribir.
2. Tener 16 años cumplidos….”
De igual manera el Parágrafo 3º del Artículo 6 de la
Resolución 1500 de 2005 establece:
“Parágrafo 3º. Las personas que obtengan Licencia de
Conducción por primera vez para conducir vehículos de
servicio particular a los 16 años cumplidos, deberán
cambiarla después de los 18 años sin exigirle los exámenes
teórico-prácticos y de actitud física y mental previstos en el
artículo 19 de la Ley 769 de 2002.”
Así las cosas, quien cumpla la edad de 16 años podrá
solicitar la licencia de conducción, siempre y cuando ésta sea
para conducir vehículo de servicio particular, en caso
contrario, deberá tener la mayoría de edad para solicitar la
licencia respectiva.
este caso la restricción al menor de
18 años se consideraría sancionable),
con base en una norma que ya ha
sido derogada, más aún cuando la
reglamentación exigida por la LEY 769 EXISTE DESDE EL AÑO 2005.
Ahora bien, respecto a la conducción de menores de
18 años en carretera, la Oficina Jurídica del Ministerio
de Transporte mediante comunicación 28525 del 20
de mayo de 2008, conceptuó que mientras que “se
profieran los actos administrativos que reglamenten
aspectos puntuales dispuestos en la ley 769 de 2002,
se presenta la figura jurídica de la vacancia iuris, es
decir la normatividad vigente (Decreto 1344 de 1970 y
disposiciones reglamentarias) se sigue aplicando”
Así las cosas, procedería remitirse al mencionado
Decreto, que en el articulo 25 menciona la restricción
en la conducción de menores de 18 años en carretera
después de las ocho de la noche.
No obstante lo anterior es importante aclarar lo
siguiente:
1. Dicha restricción se aplicaba mientras se
reglamentaba lo relacionado con las licencias de
conducción, según lo ordenaba la ley 769 de 2002
2. La reglamentación exigida por el estatuto de
tránsito, se dio a partir de la citada Resolución 1500 de
2005, por lo que en este caso la vacancia iuris ya no
aplica.
En razón a lo anterior, no es posible aplicar una
sanción (en este caso la restricción al menor de 18
años se consideraría sancionable), con base en una
norma que ya ha sido derogada, más aún cuando la
reglamentación exigida por la ley 769 existe desde el
año 2005.
NO EXISTE RESTRICCIÓN VIGENTE
en cuanto a la conducción de
vehículos por menores de 18 años en carretera
Por tal razón NO EXISTE RESTRICCIÓN VIGENTE
en cuanto a la conducción de vehículos por menores
de 18 años en carretera, pues se repite, el Decreto
1344 de 1970 se encuentra derogado y a partir de la
expedición de la Resolución 1500 de 2005, la figura
verba iuris no se aplica; por tanto desde que se trate
de vehículos de servicio particular y se porte la
licencia respectiva, no dará lugar a la imposición de sanciones.
45 comentarios
Lo importante es que los menores conduzcan con responsabilidad.
ResponderEliminarTengo 19 y sigo con mi pase de menor de edad, y vence hasta el 2022, me sirve? O tengo que renovar?
ResponderEliminarTienes que hacer arte al sin, presentar tu tarjeta de identidad "la antigua" y renovarla a tal punto de que quede con tu número de cédula, ASI NO TE MOLESTARAN, pero si tienes más de 18 y en el pase aparece tu tarjeta de identidad podrían sancionarte ;)
Eliminarel mayor de 16 años con pase puede manejas solo?
ResponderEliminarTengo 16 acabe de sacar el pase puedo manejar de noche y en carretera
ResponderEliminarsi, si puedes
EliminarY solo?
EliminarTengo 17 años y quisiera saber si Un menor de 18 años puede conducir solo por carretera y a cualquier hora ???
ResponderEliminartengo 16 años y tengo los papeles al dia los de la moto y los mios
ResponderEliminarsolo queria saber si podria manejar por carretera ej: de bogota a tocancipa
Quisiera Saber Si Puedo Conducir Un Vehiculo Particular A Nivel Nacional A Cualquier Hora ?
ResponderEliminarSi se puede, a nivel nacional. La pregunta vendria siendo si se puede sin compañia de audlto responsable.
EliminarHola tengo 17 y me quito el carro el tránsito por la resolución 0629 la cual dice que un menor de edad no puede manejar después de las 23:00, saben si se puede pelear o que?
EliminarEsa resolución es del ministerio de ambiente y desarrollo sostenible o sea sí se puede pelear
Eliminartengo 16 años... y me dicen que en todo momento tengo que conducir con un mayor de edad al lado... ¿eso es verdad? ¿o puedo andar yo solo por la ciudad?
ResponderEliminarEsto dice el código con respecto a la licencia de conducir. en ningún aparte se encuentra algo sobre conducir con un adulto. Pero es necesario tener en cuenta que es diferente al código de policía donde podría haber una restricción para menores de edad.
ResponderEliminarArtículo 18. Facultad del titular. La licencia de conducción habilitará a su titular para manejar vehículos automotores de acuerdo con las categorías que para cada modalidad establezca el reglamento.
Parágrafo. El Ministerio de Transporte, reglamentará el Examen Nacional de Aptitud y Conocimientos Específicos de Conducción, que será obligatorio presentar y aprobar por todo aspirante para la expedición de la Licencia de Conducción por primera vez o por refrendación. La vigencia de este examen será de cinco (5) años, pasados los cuales se deberá presentar un nuevo examen.
Artículo 19. Requisitos. Podrá obtener por primera vez una licencia de conducción para vehículos, quien acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Para vehículos de servicio diferente del servicio público:
1. Saber leer y escribir.
2. Tener 16 años cumplidos.
3. Aprobar un examen teórico-práctico de conducción para vehículos particulares que realizarán los organismos de tránsito de acuerdo con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte, o presentar un certificado de aptitud en conducción otorgado por un centro de enseñanza automovilística debidamente aprobado por el Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Ministerio de Transporte.
4. Certificado de aptitud física, y mental para conducir expedido por un médico debidamente registrado ante el Ministerio de Salud antes de que entre en funcionamiento el RUNT o ante el RUNT una vez que éste empiece a operar.
Hola,me gustaria saber si se siendo menor de edad (16) el cilindraje de moto es limitado o hasta que cilindraje se puede?
ResponderEliminarNo, en la licencia de moto es de cualquier cilindraje
EliminarEso depende de que pase tenga, si tiene el A2 es permitido cualquier moto de cualquier cilindraje en cambio el A1 es solo hasta 125 cc yo tengo 17 y tengo el A2 así que si SOS menor de edad y tenés el pase de conduccion A2 no te ponen problema
EliminarHola tengo 16 años y me gustaría saber si puedo conducir en CARRETERAS nacionles
ResponderEliminarsi ! cabron si tienes los papeles al dia los policias no te pueden chingar
ResponderEliminary no tienes que manejar con tu jefe en el documento en ningun lado dice que un debe conducir con tu jefe ..
A los 15 se puede sacar el pase? Con alguna póliza o algo así?
ResponderEliminarPuedo manejar por carretera nacional solo o tengo que andar on adulto con licencia tengo 17
ResponderEliminar¿Puedo manejar siendo menor de edad por la noche,en carretera nacional y sin un adulto?
ResponderEliminarPuedo manejar en la carretera nacionales a toda hora?
ResponderEliminarUna pregunta yo acabé de cumplir 10 años hace mes y medio y tengo que viajar por carretera próximamente y fui a averiguar por la renovación de la licencia y me dijeron que fuera cuando me entreguen la cédula es si.. de esta manera puedo transitar por carretera ya que la contraseña que me entregaron tiene el mismo número de T.I del pase??
ResponderEliminar18 años*
ResponderEliminarTengo 15 años puedo manejarmanejar
ResponderEliminarSoy menor de edad pero tengo muy en claro la enorme responsabilidad que conlleva un vehículo y sobretodo cuando este es utilizado en carreteras nacionales , aún así también soy consciente de que hay mayores de edad mucho mayores que no suelen ser muy responsables al volante y se comportan como "menores de edad". Por supuesto que la experiencia es muy importante por eso una persona que recién aprenda a conducir no puede hacerlo en una vía nacional por vez primera ,todo es un proceso, por eso considero que no es malo aprender actividades de este tipo en la juventud , por el contrario me parece que es bueno hacerlo pero también creo que con una buena educación y una juventud informada se puede lograr y/o fomentar que los jóvenes también puedan hacerlo porque en realidad el hecho de conducir es algo muy útil en la sociedad de hoy día , diría que casi indispensable un joven lo puede hacer al igual que un adulto mayor siempre y cuando tenga una experiencia considerable y por sobretodo una consciencia de lo que tiene en su posesión cuando está al volante , pues un accidente lo puede cometer hasta el más experimentado
ResponderEliminarhola tengo 16 años, puedo manejar en carretera y en la ciudad a cualquier hora? y tiene que ser con un adulto?
ResponderEliminarCuánto vale la renovación del pase de un menor de edad ,cumplido los 18 años ?
ResponderEliminarHola buenas soy de cali puedo conducir motocicleta en carretera nacional tengo 16 años
ResponderEliminartengo 17 años y saque mi pase B1 hace un año, hasta el momento no habido ningun inconveniente, como ejemplo les pongo una situacion:
ResponderEliminarUna nnoche a eso de las 10 pm iba conduciendo un vehiculo particular entre Manizales-Cali y unos agentes de transito me detuvieron, me pidieron los papeles del vehiculo y los mios. yo los presente y me dejaron proseguir con mi viaje, no hubo ningun problema.
psdta: yo iba conduciendo solo.
Buenas quiero hacer una pregunta, puedo sacar la licencia A2 con 16 años, o solo la A1?
ResponderEliminarmuchas gracias por su tiempo
Buenas quiero saber si para sacar el pase tengo que hacer un curso de conduccion??
ResponderEliminarPor que la verdad se manejar muy bien y se las señas de las carreteras es que dentro de un mes la saco y quiero saber eso tengo 17 años ya casi por cumplir los 18 y tambien quiero saber si la renovacion tien algun costo aparte de lo que ya alla pagado
Hola buen dia ,,,,si soy mayor de edad puedo conducir con la licencia q tengo de menor de edad?
ResponderEliminarLleva tu TI para salvarte si te paran, pero la ley dice que una vez cumplida la mayoría de edad tienes que cambiarla. Y no te piden hacer las pruebas teorico-practicas de nuevo.
EliminarHola, tengo 16 años mi pregunta es:
ResponderEliminar¿puedo manejar de noche y sin un acompañante mayor de edad por carretera nacional
Se puede manejar vehículo público como taxi
ResponderEliminarQuiero viajar de bogota a ibague y tengo 16 años y muy pronto sacare la licencia de conduccion para menor de edad, ¿si se puede conducir por vias nacionales o solo es permitido en vias locales?
ResponderEliminarUn menor con licencia para moto puede viajar solo por carretera
ResponderEliminarSi mis padres son separados, ¿necesito el permiso de los dos? o sólo es el que tiene la custodia
ResponderEliminarSi es menor de edad desde luego necesita el permiso de los padres, pero las autoridades solo le exigirán la licencia de conducir.
EliminarTengo 17 ya saque la licencia puedo viajar solo fuera de bogota?
ResponderEliminarSoy menor de edad, y tengo la licencia B1, mi pregunta es, yo siendo menor puedo conducir en carretera solo? O tengo que ir con un mayor de edad ? (Si no me entienden me explico) yo siendo menor de edad puedo transitar solo de una finca a un pueblo?
ResponderEliminarsi conduzco un vehículo siendo menor de edad para quien es la sanción páramo o paramis padres
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